Trabajo a tiempo parcial, una realidad en Guatemala imagen

Desde el jueves 27 de junio, con la publicación del Acuerdo Gubernativo 89-2019, los contratos de tiempo parcial son legales en Guatemala.

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Contar con un trabajo que te permita estudiar al mismo tiempo parecía ser una misión difícil, ajustar los horarios laborales con los académicos no resultaba una opción viable para muchos por lo que varias personas decidían abandonar su carrera.

El 5 de julio entrará en vigencia el Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el trabajo a tiempo parcial. Esta normativa permitirá que en Guatemala haya empleos por hora, como ocurre en otros países.

El ministro de Trabajo Gabriel Aguilera refirió que las personas que sean contratadas en tiempo parcial, también gozarán de todos los derechos, prestaciones y obligaciones establecidas en el Código de Trabajo. Esto, incluye todas las prestaciones laborales y seguridad social, calculadas de manera proporcional.

“El nuevo reglamento permitirá regularizar y promover el empleo especialmente entre la población joven del país. Asimismo, permitirá a las empresas crear nuevas plazas de trabajo, que por la limitación de la legislación antes no se podía”, opinó Juan Pablo Carrasco, presidente de la Amcham.

Forma de pago

Según la normativa, el salario para quienes sean contratados bajo esta modalidad “no podrá ser inferior al salario mínimo fijado por hora”. Según el Acuerdo 242-2018 el salario mínimo por hora vigente es entre Q10.30 y Q15.3. El monto varía dependiendo del tipo de actividad económica y el horario en que se labora.

Jornada diurna

Actividades agrícolas o no agrícolas: Q11.27

Exportadora o maquila: Q10.30

Jornada mixta

Actividades agrícolas o no agrícolas: Q12.88

Exportadora o maquila: Q11.78

Jornada nocturna

Actividades agrícolas o no agrícolas: Q15.03

Exportadora o maquila: Q13.74

Cambio de jornada

El reglamento contempla que quienes trabajan a tiempo completo pueden ser trasladados a la modalidad de tiempo parcial, toda vez sea voluntario y la anuencia de este debe quedar por escrito.

Prestaciones a las que se tiene derecho

Un trabajador a tiempo parcial tiene derecho a gozar de las prestaciones que establece la Constitución Política de la República, Decreto 1441, Decreto 76-78, Decreto 42-92 y el Acuerdo Gubernativo 89-2019 del Ministerio de Trabajo. Entre ellas están:

Bono 14.

Aguinaldo.

Vacaciones.

Indemnización en caso de despido.

Derecho a estar inscrito en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

Estar inscrito ante el Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala (Irtra).

Sectores con mayor oportunidad

Según el Ministerio de Trabajo, al menos seis sectores productivos del país podrían generar más de 100 mil nuevos empleos en el primer año de aplicación del trabajo a tiempo parcial.

Solo el sector de vestuario y textil podría generar 100 mil nuevos empleos al año por el trabajo a tiempo parcial.

Los call center y software podrían crear 65 mil puestos de trabajo, ya que se podrá aplicar para planes de fin de semana.

Aguilera aseguró que esto beneficiará más a los jóvenes, madres y adultos mayores.

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