¿Las banquetas son para los peatones? imagen

Son de uso público y principalmente para que los peatones transiten de forma segura, pero muchas veces las aceras están en mal estado o no existen.

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Las banquetas son de uso público, sirven para que los peatones puedan transitar de manera segura, sin que corran peligro. Pero en muchas zonas de la capital existen lugares donde incluso los transeúntes deben darle “vía” a los automotores para no ser atropellados.

El derecho de vía pública es un tema que se ha arrastrando por años, debido a que las antiguas administraciones no velaban por el cumplimiento del paso peatonal en las construcciones de condominios o edificios. Estadísticas de los Bomberos Municipales, cada día registran un promedio de cuatro personas arrolladas en la ciudad de Guatemala. La mayoría de casos ocurre en sectores de las zonas 8, 9, 12 y 13.

Del 29 de diciembre del 2017 al 22 de marzo último, los socorristas atendieron a 384 personas atropelladas, de las cuales ocho murieron.

En muchos casos, cuando te diriges hacia tu trabajo esperas que los carros pasen porque donde transitas no existen aceras. Esto es lo que varios guatemaltecos viven a diario en las calles. Cada propietario, a la hora de construir un inmueble, debe dejar un espacio para la construcción de banquetas. 




En lugares como el Encinal, es casi imposible solicitarlo, ya que son construcciones de hace años, indica el vocero de la Municipalidad de Mixco, Mynor Espinoza.

Las colonias en diferentes puntos de la ciudad experimentan dicho problema, pero a veces las mismas personas no las utilizan. Brenda Jerez, residente de la Colonia Lo de Bran, comenta: “En el área existen banquetas, pero hay casas que no poseen, aun así muchos no las utilizan y caminan sobre la calle”. 




Por otro lado, residentes de la Avenida del Cementerio Las Flores, quienes a pesar de que cuentan con banquetas en los alrededores de los condominios, todavía en algunas áreas les resulta peligroso transitar. 

 Mynor Espinoza, vocero de la Municipalidad de Mixco dice: “Toda propiedad debe dejar espacio para la banqueta. En nuestra administración se ha verificado que se contemple el espacio peatonal, sin embargo en otras administraciones no le dieron seguimiento y no dejaron espacios. Pero con la actual administración se mantiene el control del beneficio a los vecinos”.

Por otra parte, existen áreas donde administraciones anteriores no velaron por el derecho del peatón. “Esto podría afectar el bolsillo de nuestros vecinos, si nos ponemos en estos momentos a corregir lo que hace más de 50 años no se hizo. Lo que sí estamos trabajando es verificar todo lo autorizado en nuestra administración”, expresa Espinoza. 




La actual administración, a través de la Dirección de Construcción Privada de la Municipalidad de Mixco, evalúan cada licencia de construcción que ingresa, atentos a que cumplan los requisitos y las recomendaciones que les hacen a los constructores.

“Se mantiene en constante monitoreo las construcciones. Contamos con inspectores que revisan a diario para que no invadan el espacio de banqueta”, señala Espinoza.

Municipalidad de Antigua 

El artículo 61 Reglamento de Construcción y Urbanismo del Municipio de La Antigua Guatemala establece: “En nuevos proyectos inmobiliarios, se establece un ancho mínimo de aceras en calles y avenidas de un metro con cincuenta centímetros lineales. La Municipalidad podrá definir los anchos y características de las aceras en cada manzana de los sectores urbanizables que forman parte de la ciudad”. 

Mientras, su artículo 62 detalla: “Todo vecino está obligado a construir por su cuenta la banqueta que circunde el frente y lados de su propiedad, conforme a lo especificado en este reglamento, en cuanto a alineación y ancho mínimo de banqueta”.

Según el reglamento sobre el Derecho de Vía de los Caminos Públicos y su Relación con los Predios que atraviesan, especifica en el artículo No. 3 la anchura que se debe considerar para este paso, siendo las siguientes:

a) Para carreteras nacionales, veinticinco metros; 12.50 metros cada lado.

b) Para carreteras departamentales, veinte metros; 10.00 metros cada lado.

c) Para carreteras municipales, quince metros; 7.50 metros cada lado.

d) Para caminos de herradura y vecinales, seis metros; 3.00 metros cada lado.




Leer reglamento sobre Derecho de Vía de los Caminos Públicos

“Recordemos que Mixco cuenta con calles angostas, en la cabecera, en colonias o residenciales en las que se han implementado el requerimiento de respetar las normas y sugerencias que emite la Municipalidad de Mixco para estos casos”, cuenta Espinoza.

Donde vives ¿existe el derecho del peatón? ¿Crees que se respeta el derecho de vía en Guatemala? 

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