El sexo oral, no tiene prisión pero a ella y a él la PNC los capturó imagen

La forma en la que procedió la PNC no era la correcta, los subieron como delincuentes a la patrulla, pero ellos dicen que no estaban haciendo nada.

Las opiniones e imágenes de este artículo son responsabilidad directa de su autor.

El sexo oral, no tiene prisión pero a ella y a él la PNC los capturó




El parte de la PNC asegura que ocurrió en Petén. Dentro de un vehículo. Giselle y Arturo estaban en su interior.

Ella le hacía sexo oral a él asegura el informe. Era mediodía en un predio en la playa del pueblo.

Dos agentes de la PNC se acercaron al vehículo y los obligaron a bajar. Dicen haberlo visto todo.

El delito, que figura en el parte, exhibiciones obscenas.




Los dos de 19 años de edad, estudiantes.

A ella le tomaron fotos del rostro, del cuerpo, como si se tratara de una delincuente, le pusieron esposas y la subieron a una patrulla directo a la comisaría.

A él no lo presentaron públicamente. Pero de igual forma que a Giselle, lo subieron al vehículo de la PNC y lo llevaron esposado a la comisaría.

Ella, sin embargo, cuenta otra historia.

Giselle dice que los agentes de la PNC les querían sobornar pidiéndoles Q1,000 cuando estaban fuera del centro escolar con un amigo.

Al no ceder, ellos los esposaron y los subieron a la patrulla llevándolos a la estación de Santa Elena, en Petén.

La maltrataron y la agente le sugería palabras.

La joven de 19 años explicó que en el parte inventaron que ambos jóvenes estaban teniendo sexo oral y que se trataba de delito llamado exhibiciones obscenas, por tanto debían ser conducidos como delincuentes.

Afectada por la forma que procedió la PNC, Giselle escribió en su muro personal que es una triste realidad que se vive en Guatemala, que en lugar de darles seguridad, se afecte a los ciudadanos de esa forma.

Y advirtió que hoy le pasaba a ella y mañana iba a ser a cualquier otro.




Muchos fueron los consejos que recibió con relación a su captura.

Uno de ellos fue denunciar a la Procuraduría de los Derechos Humanos la forma en la que fue tratada por los agentes de la PNC, al mostrar su rostro en las cámaras y acusarla de cometer un delito que no cometió.

Incluso la forma en la que fue conducida.

La ley establece que la actividad sexual, definida en el código penal en el Artículo 195 como Exhibiciones obscenas no sanciona con prisión.

El Código Penal resalta que quien en sitio público o abierto o expuesto al público, ejecutare o hiciere ejecutar actos obscenos, será sancionado con multa de doscientos a dos mil quetzales.

Fotos: Wradio, sopitas, espacio 360

Fuentes: Código Penal, PNC

Todas las noticias, directamente a tu correo

Recibe todas las noticias destacadas de Relato.gt, una vez por semana, 0 spam.

¿Tienes un Relato por contar y quieres que nosotros lo hagamos por tí?

Haz click aquí
Comparte
Comparte