Para los Martínez, el manejo forestal sostenible es un compromiso con San Raymundo y la tierra imagen

La familia maneja una de las fincas en donde se aplica un plan de manejo forestal efectivo, logrando reforestar más de 27 mil árboles desde su inicio.

Las opiniones e imágenes de este artículo son responsabilidad directa de su autor.

A 42.5 kilómetros de la ciudad de Guatemala, después del tráfico y recorrer zonas rojas, está San Raymundo, lugar donde la familia Martínez pasa sus fines de semana.

En la finca “La Concepción” todo es verde, no se escuchan bocinas o camiones. El aire huele a madera y pinos. Aunque hay sol, una brisa fresca ventila las casas.

“Entre semana, trabajo en mi clínica. Estoy pensando ya retirarme a vivir aquí. Por las tardes, con mi esposa caminamos por estos caminos hasta que anochece”, cuenta Carlos Martínez, mientras señala el bosque.

El municipio, conocido como “Lugar de Estancia”, siempre fue el hogar de la familia. El primer alcalde fue Manuel Martínez, bisabuelo de Carlos.

“Siempre trabajó por su pueblo en temas de educación”, contó Carlos. La finca tiene una casa patronal, que fue destruida con el terremoto de 1976, pero fue reconstruida.

Ahí, los Martínez descansan de la ciudad, pero también viven a diario un compromiso con el medioambiente.

Con ayuda del Instituto Nacional de Bosques (INAB), la finca se ha convertido en un lugar ejemplar para el manejo forestal sostenible.

La finca se dedica a la producción de madera para la industria y comercialización de leña para el mercado local.

El manejo forestal sostenible se refiere a las actividades, acciones y procedimientos que tienen por objetivo la orientación, el cultivo, la conservación, la restauración y el aprovechamiento de los recursos y servicios ambientales de un bosque.

Además de contribuir a la permanencia y disponibilidad de los recursos forestales, para beneficio de la sociedad de diferentes maneras, también genera empleo y permite el aprovechamiento responsable de bosques.

Don Carlos Martínez

“El bosque es un recurso natural renovable, que satisface deseos y necesidades; podemos aprovechar esta generosidad que nos brindan, pero con la responsabilidad y el compromiso de recuperarlos; con ello estaríamos garantizando su permanencia para el goce y disfrute de las próximas generaciones”, resaltó Óscar de León, jefe del Departamento de Manejo de Bosques Naturales de INAB.

La finca funciona bajo el nombre de Inmobiliaria Vinis, S.A, una empresa familiar que por sus buenas prácticas forestales obtuvo el tercer lugar en el Premio Forestal Nacional 2019, en la categoría de manejo de bosque natural con fines de producción.

“Es un proyecto que nos llena de satisfacción porque contribuimos económicamente al país, pero también al medioambiente”, mencionó Carlos, mientras abrazaba a su esposa.

De las 46.26 hectáreas que tiene la finca, se han trabajado 32.73 hectáreas con el proyecto de manejo forestal.

Se corta una sección del bosque para fines comerciales. En esa área, se siembran más árboles para recuperar lo que se taló legalmente.

“Esto se hace en cuatro turnos. Es decir, secciones y temporadas para evitar el impacto visual y social que el corte de árboles genera en la población”, comentó Pablo Pop, regente forestal de la finca.

En todo el proceso, se han reforestado más de 27 árboles. Cabe resaltar que el camino no ha sido sencillo para la familia.

“Nos hemos enfrentado a plagas, incendios forestales, robo y tala ilegal por parte de pobladores cercanos”, expuso Carlos.

Mantener una reserva de bosque como esta requiere inversión económica y de tiempo por parte de la familia, pero tienen la motivación para continuar.

Las mismas semillas que los árboles botan son enviadas a viveros locales. Esas germinan y los árboles son los que la familia vuelve a sembrar en el siguiente turno. “Es algo que nos muestra que todo lo que respiran aquí es reutilizable”, agregó.

Este aprovechamiento es posible mediante el INAB, ente encargado de evaluar las propuestas de manejo forestal y autorizar las licencias para dicha actividad.

La licencia forestal es la facultad que el Estado otorga a personas individuales o jurídicas para que se realice un aprovechamiento sostenible de recursos forestales fuera de áreas protegidas.

La más común es la licencia de aprovechamiento forestal con fines comerciales, por ejemplo, producción de madera y leña.

Pero no termina ahí. El INAB da seguimiento al proyecto para que se ejecute de acuerdo con los planes aprobados, con el apoyo de un regente forestal asignado y contratado por los dueños del área, dependiendo de la extensión territorial.

Desde el plan hasta las motosierras que se utilicen deben estar registrados en el INAB para poderse utilizar.

La ley establece una forma en que se pueden talar árboles, pero reforestando para recuperarlos. La deforestación que daña al patrimonio natural es la que se hace ilegalmente (sin licencia), ya que no existen programas ni vigilancia de reforestación”, comentó Héctor Hiu, director subregional metropolitano del INAB.

La Ley Forestal

En su artículo 3, la Ley Forestal establece las condiciones para los proyectos de aprovechamiento sostenible.

El aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, incluyendo la madera, semillas, resinas, gomas y otros productos no maderables, es otorgado por concesión, si se trata de bosques en terrenos nacionales, municipales, comunales o de entidades autónomas o descentralizadas.

En el caso de terrenos de propiedad privada cubiertos de bosque, se otorgará una licencia.

Las concesiones y licencias de aprovechamiento de recursos forestales, dentro de las áreas protegidas, son otorgadas exclusivamente por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas, mediante los contratos correspondientes y de acuerdo con la Ley de Áreas Protegidas y demás normas aplicables.

En cuanto al aprovechamiento ilícito, expresa que “las áreas de vocación forestal con bosque, en las que este sea destruido o eliminado, sin la licencia correspondiente, solo podrán destinarse a uso forestal”.

En el título cinco, establece los requisitos para aplicar un plan de manejo sostenible, obtención de licencias y obligaciones.

Sanciones

ARTÍCULO 92.- Delito en contra de los recursos forestales. Quien sin la licencia correspondiente, talare, aprovechare o extrajere árboles cuya madera en total en pie exceda diez (10) metros cúbicos, de cualquier especie forestal a excepción de las especies referidas en el artículo 99 de esta ley, o procediera su descortezamiento, ocoteo, anillamiento comete delito contra los recursos forestales. Los responsables de las acciones contenidas en este artículo serán sancionados de la siguiente manera:

a) De cinco punto uno (5.1) metros cúbicos a cien (100) metros cúbicos, con multa equivalente al valor de la madera conforme al avalúo que realice el INAB.

b) De cien punto uno (100.1) metros cúbicos en adelante, con prisión de uno a cinco (1 a 5) años y multa equivalente al valor de la madera, conforme el avalúo que realice el INAB.

ARTÍCULO 93.- Incendio forestal. Quien provocare incendio forestal será sancionado con multa equivalente al valor del avalúo que realice el INAB y prisión de dos a diez años. En caso de reincidencia, la prisión será de cuatro a doce años.

Quien provocare incendio forestal en áreas protegidas legalmente declaradas, será sancionado con multa equivalente al valor del avalúo que realice el CONAP, y prisión de cuatro a doce años. En caso de reincidencia, la prisión será de seis a quince años.

ARTÍCULO 97.- El incumplimiento del Plan de Manejo Forestal como delito. Quien por incumplimiento de las normas establecidas en el Plan de Manejo Forestal aprobado dañare los recursos forestales, será sancionado en proporción al daño realizado y con multa no menor de dos mil quetzales (Q2,000.00), con base en la cuantificación que en el terreno realice el INAB e informe a la autoridad competente. Los productos y subproductos obtenidos quedarán a disposición del INAB.

ARTÍCULO 99.- Tala de árboles de especies protegidas. Quien talare, aprovechare, descortezare, acotare, anillare o cortare la copa de árboles de especies protegidas y en vías de extinción, contenidas en los convenios internacionales de los que Guatemala es parte y que se encuentran en los listados nacionales legalmente aprobados, será sancionado de la siguiente manera:

a) De uno hasta quinientos metros cúbicos de madera en pie, (1 a 500), con multa de cuatrocientos a diez mil quetzales (Q400.00 a Q10,000.00).

b) De quinientos un metros cúbicos (501 y -), de madera en pie en adelante, con prisión de uno a cinco (1 a 5) años inconmutables y multa de diez mil a cincuenta mil quetzales (Q10,000.00 a Q50,000.00).

Conoce la Ley Forestal, aquí.

Este viernes, la familia Martínez abrió las puertas de su finca para un recorrido por los senderos rodeados de bosque reforestado, así como para dar a conocer el proceso de corte de madera.

Además, recibió a representantes del Programa Sembrando Huella para sembrar árboles en un área específica.

Este programa pretende inculcar en los guatemaltecos una cultura forestal, a través de actividades de sensibilización, charlas, capacitaciones, ferias forestales infantiles y jornadas de reforestación.

Este año, el INAB realizó 550 jornadas de reforestación; en ellas se sembraron más de 300 mil plantas. Además, se calcula que se capacitó y sensibilizó a más de 75 mil personas sobre la importancia de los bosques.

Para obtener mayor información sobre jornadas de reforestación, protección de bosques y planes de manejo forestal sostenible, comunícate al INAB al teléfono 2321-4500.

Fotos: Elena Gaytán.

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