Quienes viajen en avión hacia Estados Unidos deberán completar una declaración sanitaria antes de abordar. La medida también aplica a pasajeros en conexión y busca prevenir la propagación del ébola.
A partir del 3 de noviembre de 2026, Estados Unidos implementará un nuevo requisito sanitario para las personas que ingresen al país por vía aérea. La disposición incluye a los viajeros guatemaltecos, quienes deberán confirmar que no han estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores a su vuelo.
La medida fue anunciada por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) como parte de las acciones para reducir el riesgo de propagación del virus del Ébola, ante el brote registrado en ese país africano.
Aunque el requisito está relacionado con una situación sanitaria específica, su cumplimiento será obligatorio para todos los pasajeros que viajen en avión hacia Estados Unidos, independientemente de su nacionalidad o país de origen.
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¿En qué consiste el nuevo requisito para ingresar a Estados Unidos?
La disposición establece que cada viajero deberá presentar una declaración en la que confirme que no ha visitado ni transitado por la República Democrática del Congo durante los últimos 21 días.
La orden fue emitida originalmente el 22 de octubre y modificada el 28 de octubre de 2026. Entrará en vigor el 3 de noviembre a las 11:59 p. m., hora estándar del este de Estados Unidos, y se aplicará a los vuelos que despeguen a partir de ese momento.
Según la disposición publicada por las autoridades estadounidenses, su vigencia está prevista hasta el 18 de diciembre de 2026, aunque podría modificarse o finalizar antes.
Inspección Pública del Registro Federal+1
El proceso estará a cargo de las aerolíneas, que deberán proporcionar la declaración y verificar que los pasajeros la completen antes de permitirles abordar. Dependiendo de la compañía, el procedimiento podrá realizarse mediante un formulario impreso, una firma digital o un sistema electrónico de confirmación.
¿Por qué se implementó esta medida sanitaria?
El nuevo control responde a las preocupaciones por el ébola, una enfermedad viral grave que puede transmitirse mediante el contacto directo con sangre u otros fluidos corporales de personas infectadas.
El período de 21 días establecido por las autoridades corresponde al tiempo máximo de incubación de la enfermedad, es decir, el intervalo entre una posible exposición al virus y la aparición de síntomas.
Los CDC han señalado que el riesgo general para los viajeros y la población estadounidense continúa siendo bajo. Sin embargo, consideran necesario reforzar los controles preventivos en los vuelos internacionales.
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El requisito también aplica a pasajeros que hacen escala
Una de las principales consideraciones para quienes viajan desde Guatemala es que la declaración no se limita a las personas cuyo destino final es Estados Unidos.
Los pasajeros que únicamente hagan conexión en un aeropuerto estadounidense también deberán cumplir con la medida, incluso si permanecen dentro del avión durante la escala.
Por ejemplo, una persona que viaje desde Guatemala hacia otro país y tenga una conexión aérea en Miami deberá completar la declaración correspondiente antes de abordar su vuelo hacia Estados Unidos.
Asimismo, las autoridades consideran que una persona estuvo en la República Democrática del Congo si ingresó al país o realizó una conexión en uno de sus aeropuertos, aunque no haya pasado por migración ni salido de la aeronave. Los sobrevuelos sin aterrizaje no se incluyen en esta definición.
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¿Qué ocurre si una persona estuvo en la República Democrática del Congo?
Los viajeros que hayan permanecido en ese país durante los 21 días anteriores a su vuelo no podrán abordar una aeronave con destino a Estados Unidos, salvo que cuenten con una exención específica autorizada por el Gobierno estadounidense.
Para determinar cuándo pueden volver a viajar, las autoridades establecieron un cálculo por días calendario. La fecha en la que el viajero abandona la República Democrática del Congo se considera el día cero. A partir del día siguiente comienza el período de espera de 21 días completos.
Esto significa que la persona podrá abordar un vuelo hacia Estados Unidos a partir del día 22, siempre que cumpla con los demás requisitos migratorios y sanitarios aplicables.
¿Cómo deben prepararse los viajeros guatemaltecos?
Para quienes tengan programado un viaje a Estados Unidos durante noviembre, lo más importante será verificar con anticipación el procedimiento establecido por su aerolínea.
No es obligatorio imprimir el formulario disponible en el sitio de los CDC antes de llegar al aeropuerto, ya que cada compañía aérea debe facilitar un mecanismo para completar la declaración.
En el caso de menores de edad, padres, tutores o representantes autorizados podrán realizar el procedimiento en su nombre. Cada pasajero deberá contar con su propia declaración, aunque una misma persona autorizada pueda completar las correspondientes a varios integrantes de su grupo familiar.
Las autoridades advierten que quienes no presenten la declaración no podrán abordar. Además, proporcionar información falsa de manera intencional podría generar sanciones legales.
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Los viajeros pueden consultar el formulario oficial en español de los CDC y las indicaciones oficiales sobre el nuevo requisito.
Con esta disposición, Estados Unidos incorpora una verificación sanitaria adicional a los procedimientos de viaje internacionales. Para los guatemaltecos que tengan previsto visitar el país o utilizar sus aeropuertos como punto de conexión, conocer el requisito y seguir las instrucciones de su aerolínea será fundamental para evitar contratiempos antes del embarque.