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Si te registraste en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y no has declarado tus impuestos mediante el uso de formularios, apareces como un contribuyente moroso, eso sin importar si has percibido ingresos o no.

Muchas personas tienen facturas y algunos solo utilizaron una o dos del talonario y pagaron el impuesto que corresponde. Al no emitir también hay obligación de hacerlo con una declaración a cero, en la cual se informa que determinado Número de Identificación Tributaria (NIT), no tuvo movimiento durante ese mes, ya que de lo contrario existe una multa mensual de Q150 conocida como omiso.

Si no sabes cómo se hace, busca asesoría con un contador o ingresa a la página https://portal.sat.gob.gt/sitio/  en donde hay información para solventar tu situación, también puedes llamar al 1550.

¡Este es un buen momento!

La SAT publicó el pasado 5 de mayo el Acuerdo Gubernativo 82-2017, en el cual se establece la exoneración de multas y recargos en los impuestos no pagados o, bien, por los formularios a cero no presentados. La gestión se puede realizar durante los próximos tres meses.

La disposición se aplica para los periodos comprendidos antes del 1 de enero de 2017, aunque no define los años que comprende la fecha de exoneración, pudiendo solo pagar el impuesto no efectuado.

En entrevista concedida a Relato, el jefe de la SAT, Juan Francisco Solórzano Foppa, explicó que es una buena oportunidad para ponerse al día y evitar sanciones posteriores.

¿Qué repercusiones tendrán quienes no se ponga al día?

Les vamos a hacer una fiscalización mucho más exhaustiva y fuerte.

Queremos que esta exoneración nos ayude a limpiar nuestra mesa de casos judiciales, luego de ello nos centraremos en aquellos que no hicieron el pago de sus impuestos.

¿Qué pasará con las personas que tienen procesos judiciales y que paguen?

Hay muchos contribuyentes con procesos judiciales que pueden aprovechar este momento e inclusive acceder a cuotas para poder solventar su deuda fiscal, excepto el IVA, en la gran mayoría de casos tienen permitido acordar convenios de pago.

¿Qué pasa con los procesos judiciales de quienes se ponen al día?

En el caso de la SAT los da por finalizados y el Ministerio Público cesa la persecución penal. En cada caso se analiza de forma individual la capacidad de pago y la situación legal de cada persona.



Estamos centrados en aquellas personas que no están al día y que no cumplen con sus obligaciones voluntariamente.

¿Está acudiendo la gente a pagar?

No tenemos todavía un dato, pero sí estamos sobrecargados en las agencias con el trabajo y estamos haciendo un esfuerzo muy grande para conseguir personal extra y atender en horarios extendidos.

El llamado es que la gente venga y que lo haga voluntariamente, que hacerlo así tiene muchos beneficios y que sepan aquellos que nos están evadiendo y defraudando, que los vamos fiscalizar.

También hay que dejar claro que, no creemos que se vuelva a tomar una decisión similar para exonerar a quien no paga las multas.

¿Por qué se toma la decisión de hacer una amnistía fiscal?

No es una amnistía como tal, es una exoneración de multas e intereses, es una facultad constitucional del Presidente de la República y es una decisión que él toma avalada por la SAT, y como parte de la política fiscal que el Ejecutivo ha implementado.

Ningún sistema tributario vive de multas e intereses o no debería ser así y, si lo hace de esa forma, es un sistema fracasado, eso lo que determina es demasiado incumplimiento. Esperamos recuperar entre Q500 y Q600 millones.

Hay mucha gente que no podía ponerse al día por lo caro que le salía, el monto de las multas lo hacía impagable. Una gran cantidad de contribuyentes deben hasta 4 años, algunos no están al día aun cuando debían presentar formularios a cero.

El período de gracia inició el 20 de mayo y finaliza el 19 de agosto 2017:
Exoneración del 100 por ciento de multas y recargos en el primer mes.
Exoneración del 95 por ciento de multas y recargos en el segundo mes.
Exoneración del 90 por ciento de la multas y recargos en el tercer mes.

Se han dado críticas hacia la SAT por tomar este tipo de decisiones…

La mayoría de críticas están por lo que vamos a dejar de percibir por multas e intereses, la SAT no vive del tema de intereses, ni de multas. Vivimos del cumplimiento de pago obligatorio de las personas y hacemos usos de procesos judiciales cuando no nos han pagado o están defraudándonos.

En redes sociales acusan a la SAT de terrorismo fiscal por perseguir a algunas personas, pero ahora exoneran las multas ¿qué opina?

Pues para nosotros no son cosas contrapuestas, vamos a seguir la persecución en contra de quienes evaden impuestos y con los casos judiciales en donde corresponda.

Estamos centrados en aquellas personas que no están al día y que no cumplen con sus obligaciones voluntariamente.

Vamos a analizar quienes rectificaron, quienes se pusieron al día y vamos a fiscalizar a aquellos que no lo hayan hecho.

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